La Defensoría del Pueblo informa a todas las personas interesadas en la Acción de grupo “Relleno sanitario de Doña Juana, que:
La sentencia que resolvió la acción de grupo No. 250002326000199900002 04, proferida el 1° de noviembre de 2012, corregida y aclarada mediante auto de 3 de diciembre de 2012, por la subsección C, sección tercera de la sala de lo contencioso administrativo del Consejo de Estado, no se encuentra en firme. Por tal razón, no se puede iniciar su cumplimiento, como consecuencia la Defensoría del Pueblo no ha adquirido competencia para iniciar los trámites de adhesión a la sentencia.
El fallo establece que las personas que no se hicieron parte en el proceso pero que, igualmente fueron afectadas por los hechos ocurridos el 27 de septiembre de 1997, cuando se produjo el derrumbamiento del relleno sanitario de Doña Juana, se pueden presentar ante el Fondo para la Defensa de los Derechos e Intereses Colectivos, dentro de los veinte (20) días siguientes a la publicación del extracto de la sentencia, para acogerse a los efectos de la misma, presentando la solicitud de la adhesión con los medios de prueba idóneos que demuestren que en el momento de ocurrencia de los hechos esto es entre 27 SEPTIEMBRE a 31 DE DICIEMBRE DE 1997, RESIDÍAN, LABORABAN O ESTUDIABAN en cualquiera de los barrios que hacen parte de los tres subgrupos fijados en la sentencia, para ello pueden aportar, como indica el fallo:
- Facturas que acrediten la condición de usuario de algún servicio público domiciliario
- Constancia de plantel educativo oficialmente probado
- Contrato que demuestre la condición de arrendatario
- Constancia laboral de empresa o establecimiento público o privado ubicado en cualquiera de las áreas afectadas que acrediten la condición de trabajador
Además, pueden presentarse como beneficiarios de la indemnización:
- Los usuarios del censo de servicios públicos de teléfono, agua, alcantarillado, luz, gas, etc., de las localidades y barrios señalados;
- Los propietarios de bienes inmuebles inscritos ante la oficina de registro de instrumentos públicos de Bogotá, localizados en los barrios indicados
- Los ciudadanos que estaban inscritos en la cámara de comercio, por tener establecimientos ubicados en la zona de influencia;
- Quienes aparezcan registrados en el censo electoral de las últimas votaciones;
- Las personas vinculadas como funcionarios de entidades públicas o privadas que demuestren que desarrollaban actividades en la zona de influencia;
- Los estudiantes debidamente matriculados en los planteles educativos que prestan su servicio en la zona de influencia de la catástrofe ambiental;
- Los inscritos en el SISBEN como habitantes de las localidades y barrios señalados;
- Los niños de madres residentes en la zona de influencia cuyo nacimiento se hubiere producido entre el 27 de septiembre de 1997 y la fecha de presentación de la demanda;
- Aquellas personas y sus familias que por cualquier medio probatorio acrediten que en el momento de los hechos eran habitantes de los barrios definidos en la zona de influencia, y;
- Las personas y sus familiares que acudieron al sistema distrital de salud o cualquier otra dependencia oficial distrital o privada a partir del día de la emergencia sanitaria y ambiental y con ocasión de la misma.
Aclaraciones principales a la comunidad
- El tramite es gratuito
- No se requiere abogado
- Aun no se está recibiendo documentación
- La sentencia aun no está en firme y por consiguiente no están corriendo los términos para la recepción de la documentación
En el evento de requerir mayor información, pueden contactarse con los abogados del grupo quienes los asesoran de manera gratuita:
Raúl Hernández : raul.hernandez@opcionlegal.org
Julio Soler: julio.soler@opcionlegal.org, donajuanaag@gmail.com, celular: 3143095750
Atención al usuario: Salón Comunal Barrio Marichuela “Parque las Parabólicas”
Diagonal 76 B Sur No. 2 – 12
Oficina Meissen - Carrera 18 B No. 61 – 25 sur antigua Alcaldía de Ciudad Bolívar
Oficinas de los abogados coordinadores del caso: Molinos Primer Sector calle 49 D bis No 5 U -26 SUR Salon Comunal Molinos de SUR